Estimación directa simplificada o normal: en qué se diferencian

En resumen: casi todos los autónomos que no están en módulos tributan en estimación directa simplificada. Se calcula igual que la normal (ingresos menos gastos), pero con una ventaja: puedes restar un 5 % extra de gastos sin justificar, con un máximo de 2.000 € al año.

¿Qué es la estimación directa?

Es la forma de calcular lo que ganas como autónomo para el IRPF: ingresos menos gastos deducibles. Tiene dos modalidades: la normal y la simplificada.

¿Quién está en la simplificada?

Es la modalidad por defecto si:

Si pasas de 600.000 €, o renuncias, vas a la normal.

La gran diferencia: los gastos de difícil justificación

En la simplificada puedes restar un 5 % de tu rendimiento neto en concepto de gastos difíciles de justificar (esos pequeños gastos que no tienen factura), con un máximo de 2.000 € al año. No tienes que demostrar nada: se aplica directamente.

Ejemplo: ingresos de 30.000 € y gastos de 10.000 €. Rendimiento: 20.000 €. En la simplificada restas además el 5 % (1.000 €), así que tributas por 19.000 €. En la normal, por 20.000 €.

Ojo: este 5 % no se aplica si eres autónomo económicamente dependiente o con un único cliente y te aplicas la reducción especial prevista para esos casos.

Las diferencias, de un vistazo

SimplificadaNormal
LímiteHasta 600.000 € de cifra de negociosSin límite
Gastos de difícil justificación5 %, máx. 2.000 €No
CálculoIngresos − gastosIngresos − gastos
Pago trimestralModelo 130 (20 %)Modelo 130 (20 %)

¿Me conviene renunciar a la simplificada?

Para la mayoría de autónomos, no: la simplificada solo te da ventajas. La renuncia se comunica con el modelo 036, normalmente en diciembre del año anterior, y te obliga a quedarte en la normal al menos tres años.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite de la estimación directa simplificada?

Que la cifra de negocios del año anterior, sumando todas tus actividades, no supere 600.000 €.

¿Qué son los gastos de difícil justificación?

Un 5 % del rendimiento neto que se puede restar sin justificarlo, con un máximo de 2.000 € al año, solo en estimación directa simplificada.

¿Pago el mismo modelo 130 en la simplificada y en la normal?

Sí. En las dos modalidades el pago trimestral es el 20 % del rendimiento neto acumulado.

Fuentes: Ley 35/2006, del IRPF, arts. 28, 30 y 101.11; Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007), arts. 28 a 30; Agencia Tributaria, Manual de la Renta 2025: estimación directa simplificada.

Escrito por Carlos Martín Pastor, asesor fiscal de autónomos en FiscaZen (Chiclana de la Frontera, Cádiz). Cada dato de este artículo está comprobado en la ley y en las instrucciones de la Agencia Tributaria que aparecen en las fuentes.

Este artículo es información general y no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto.